La Cámara Nacional de Representantes Laocráticos.
Composición integrada por el conjunto de sus socios elegidos de entre cada monada mediante el sistema electoral mayoritario a doble vuelta. La dimensión de la monada se fijará en el reglamento de funcionamiento y elecciones a la Cámara Nacional de Representantes Laocráticos. La condición de miembro es incompatible con pertenecer a otro órgano del Partido Laócrata.
Competencias o facultades atribuidas a la Cámara Nacional de Representantes Laocráticos.
1-Potestad de crear todas las normas de aplicación y funcionamiento del Partido Laócrata.
2-Potestad de crear cuantos estudios y programas le sean encargados.
3-Potestad de crear el programa máximo y el programa marco de cuantas procesos electorales concurra Laócratas.
4-Potestad de aprobar el presupuesto y sus liquidaciones.
5-Potestad de aprobar las propuestas de cuotas y cualesquiera otros ingresos para sufragar los presupuestos.
6-Todas las competencias que no están expresamente atribuidas a los demás órganos del partido.
7-Definir la política del Partido junto con la Junta de Gobierno Laocrática
8-Examinar la gestión de la Junta de Gobierno Laocrática
9-Exigir, en su caso, la responsabilidad política de la Junta de Gobierno Laocrática
10-Hacer el seguimiento de la labor del Gobierno de la Nación y del desarrollo legislativo.
11-Garantizar que los modos de gestión de los cargos públicos se adecuen a los modos de gestión Laocrática.
12-Establecer las líneas fundamentales de la política electoral del Partido.
13-Ratificar las propuestas de candidatos y las listas electorales que le sean presentadas previo dictamen de la Junta Electoral Nacional.
14-Determinar la política de alianzas del Partido.
15-Aprobar, las normas de carácter reglamentario previstas en los Estatutos y cuantas sean necesarias para el desarrollo y aplicación de los mismos.
16-Aprobar, en su caso, las conclusiones de las jornadas o seminarios que se convoquen para desarrollar la línea política del Partido. Las conclusiones aprobadas tendrán carácter vinculante.
17-Recibir y examinar los informes de la Corte Laocrática en materia disciplinaria y entender sus recomendaciones.
18-Elaborar su propio reglamento de funcionamiento.
19-Proclamar tras el proceso de primarias el candidato/a a Presidente/a del Gobierno por Laócratas
20-Decidir acerca de las solicitudes de excepción al régimen de incompatibilidades
21-Convocar los procesos electorales internos y externos elecciones primarias y aprobar el censo electoral.
22-Promover y convocar Conferencias sobre cuestiones de política general o sectorial.